5-6-07 Documento de la UBA.doc

Las partes se comprometen a trabajar para:

  • Sostener el proyecto educativo de la Escuela Superior de Comercio “Carlos Pellegrini”.

  • Elaborar un reglamento de carrera docente que: asegure la calidad de la enseñanza que se imparte en las escuelas, la actualización académica de sus profesores, y mecanismos democráticos de acceso y permanencia en los cargos. Los principios básicos que deberá contener este reglamento serán el ingreso por concurso abierto y mecanismos de evaluación de desempeño para la permanencia en los cargos. El proyecto de reglamento será elaborado por la Secretaría Académica de la UBA, quien se compromete a generar los espacios para lograr una propuesta consensuada entre los dos colegios. El mismo deberá ser aprobado por el Consejo Superior a partir de lo aconsejado por su Comisión de Enseñanza.

  • Iniciar un proceso de titularización de los docentes con cinco o más años de antigüedad en cualquiera de los colegios, teniendo en cuenta para el cálculo de la misma la posibilidad de sumar los períodos discontinuos. Este proceso de titularización contemplará las horas docentes de las materias curriculares. Las horas de tutorías serán concursadas otorgándosele puntaje adicional a los antecedentes en el desempeño de esa función.

  • Sostener el compromiso de no modificar la planta docente hasta tanto sea aprobado el proyecto de titularización y carrera docente.

  • Modificar el carácter consultivo de los Consejos Asesores de los colegios incorporando atribuciones resolutivas en materia curricular y de concursos docentes.

  • Convenir que tanto las propuestas de modificación curricular como el trámite de los concursos deberán ser analizadas en primer lugar por los Consejos de los respectivos colegios para luego ser tratadas por este Consejo Superior a través de su Comisión de Enseñanza.

  • Propender a satisfacer las demandas de participación de los distintos sectores que integran la comunidad educativa de los colegios, a través de la creación de un cuerpo colegiado ya mencionado anteriormente, y cuya propuesta de integración comenzará a discutirse a partir de este momento.

  • Pasar a planta permanente a aquellos empleados no docentes que se encuentren en planta transitoria y que hubieren sido designados con anterioridad al 31 de diciembre de 2005, manteniendo su actual categoría.

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