Capital Federal, 12 de julio de 2007.

Ante la inminente realización de la Jornada Institucional para discutir el Reglamento de Consejo Resolutivo, la AGD denuncia un incumplimiento más de los acuerdos plasmados en el acta de compromiso firmada el martes 19 de junio próximo pasado.

De la misma surge que se debía conformar "una comisión integrada por representantes de las asociaciones gremiales docentes, no docentes, Centro de estudiantes y rectores" para garantizar la participación de los actores que integran la comunidad educativa de los colegios."

A estos efectos, el día 11 de julio se convocó a las partes citadas a la reunión. A poco de comenzar la misma, se hizo presente el Prof. Grosso Grazioli, sobre quien pesaría un impedimento de compartir espacios con alumnos por estar pendiente la resolución de un sumario que lo involucra: planteado esta situación al Sr. Rector y ante su falta de respuesta, lo que implica un incumplimiento de los deberes a su cargo, los representantes estudiantiles, de AGD y no docentes, resolvieron retirarse de dicha reunión; la que continuó sin su presencia.

El carácter vertical en la organización de las Jornadas, la asistencia obligatoria y no voluntaria, así como la imposibilidad de justificar las ausencias de quienes ese día tenían que prestar servicio en otras instituciones educativas son los factores que convierten este debate en antidemocrático y discriminatorio, y ratifican la ruptura del acuerdo, avanzando sobre los genuinos derechos reconocidos expresamente en el compromiso firmado con fecha 19 de junio.

Debido a esto, AGD denuncia la gravedad de estos hechos y el claro apartamiento del acuerdo y convoca para el día viernes 13 de julio a Asambleas Docentes en el primer módulo de cada turno.


AGD –UBA – E.S.C.C.Pellegrini

Balance de un conflicto aún presente en el Pelle: la casa no está en orden

Este año dijimos que sería conflictivo para la comunidad de nuestra Escuela. Por un lado, la distancia abismal existente entre gobernantes y gobernados de la comunidad universitaria se tornó evidente luego de la lucha de los docentes y estudiantes del año pasado; por el otro, nuestra escuela – al vencer el mandato de nuestras autoridades – era la primera que iba a poner a prueba la voluntad democratizadora - o no - de las autoridades designadas en el marco de la quebrantada legitimidad de la Asamblea Universitaria.

Esto porque el punto principal de la agenda de la UBA era, justamente, la reforma del estatuto universitario que tenía como sus dos principales objetivos la ampliación democrática del gobierno universitario y garantizar condiciones dignas de trabajo y estudio.

En este contexto, la AGD-Pelle fijó su posición: ingreso de la democracia a nuestra escuela conformando un consejo directivo - como en todas las unidades académicas de la UBA -, conclusión de la precariedad laboral con la titularización y – en un mismo haz – la continuación y profundización del perfil de nuestro proyecto de escuela asentado en los principios de escuela laica, universalista, científica y humanista frente a los intentos de mercantilización y especialización técnico profesional. Con estos principios – votados en nuestras asambleas – conformamos junto con quienes teníamos y tenemos los mismos objetivos el frente único de docentes, estudiantes y no docentes. Rápidamente se sumaron los padres y grupos de graduados.

Por otra parte, se conformó el otro agrupamiento que venía a ocupar nuestra escuela: el Rectorado, el Consejo Directivo de la Facultad de Ciencias Económicas dirigido por el acuerdo entre Franja Morada y el macrismo encabezado por un Decano K (Barbieri), nucleamiento que consolidó la transformación de dicha facultad en un simple negocio empresarial para pocos. Se sumó dentro de nuestra Escuela la conducción de Ctera, adicta a esa alianza política y al proyecto de universidad – escuela – negocio.

Las acciones colectivas protagonizadas (marchas al rectorado, toma sin clases, toma con clases, asambleas etc.), pese a la acción de boicot desplegada por la conducción de Ctera, fueron arrinconando a quienes venían a expropiarnos la escuela.

Los resultados a la vista:

-en diciembre, el Rector Hallú anunció que convocaría en breve a concursos en las escuelas preuniversitarias y que de ninguna manera toleraría una titularización docente. Hoy firmó un acta que garantiza la titularización.

-iniciado el conflicto, el Rectorado pagó una solicitada acusando de manipulación a docentes de la escuela y la UBA e hizo expresó su rechazo a la conformación de un Consejo Directivo integrado por docentes, estudiantes y no docentes. Hoy, el Rector Hallú firmó un acta en donde reconoce la necesidad de un órgano resolutivo con carácter vinculante para el rector del establecimiento.

-finalmente, el Rector Hallú designó como Rector de nuestra Escuela al Contador Viegas, portador de un proyecto que estaba en las antípodas del vigente. Hoy, el rectorado tuvo que comprometerse a mantener a nuestro proyecto y rechazar, por lo tanto, el impulsado por el Contador Viegas.

Pero el Cdor Viegas entró a la Escuela

Para firmar el Acta de compromiso, pusimos de manifiesto que se enfrentaba un problema: el Contador Viegas debía darle continuidad a un proyecto que desconocía o con el que, por lo menos, estaba en desacuerdo. Y que por lo tanto - dado el desconocimiento del Rector entrante del proyecto y de la propia escuela - era una clave saber quiénes gestionarían la continuidad del mismo hasta tanto se conformara el Consejo Directivo. Existe hoy un solo vicerrector designado por el Cdor Viegas (el Prof. Zorzoli). Se comprometieron las autoridades a consensuar con la comunidad a los restantes cargos de gestión de la Institución. Asimismo se acordó que continuarían en sus cargos actuales todos los trabajadores (docentes y no docentes); el consejo asesor desaparecía de escena dado que se ponía en funcionamiento, para esta transición hacia el órgano resolutivo, a la Mesa de trabajo acordada en el Acta.

Sin embargo, nos encontramos con casos en que esa garantía comprometida en el Acta de compromiso comienza a tambalear. Hubo demoras en la renovación de contratos no docentes, intento de traslado de un delegado de la Comisión Interna en clara violación de sus fueros gremiales, preceptoras/es intimadas/os en sus funciones así como alumnas/os a los que en pos de “reestablecer el orden” – vieja y nefasta palabra en nuestra memoria - se les intenta imponer una cotidianeidad educativa diferente a la desarrollada hasta ahora. Los principales destinatarios fueron compañeras/os que han intervenido activamente en la lucha por la democratización del Pellegrini, dato que, a la luz de los hechos, no es menor.

Idéntica conclusión cabe respecto a la fotocopiadora, sobre la que también se encuentran comisiones trabajando. Por tanto, el llamado a licitación por parte del Rector Viegas sería otro incumplimiento más.

Hoy, el compromiso comienza a quebrarse por parte de la autoridad designada; pero el frente integrado por los docentes, estudiantes y no docentes acompañados por los padres, no.


AGD- UBA – Pellegrini

23.6.07

Atribuciones del Consejo Directivo (Consensuadas el 8/07/07)

1) Velar por la aplicación del Estatuto Universitario, del reglamento Interno del Consejo Directivo y del Reglamento de Convivencia dela ESCCP.
2) Dictar los reglamentos necesarios para su régimen interno.
3) Conceder licencia a sus miembros.
4) Designar al Rector y a los Vicerrectores del establecimiento.
5) Llamar a elecciones para la renovación de los miembros del Consejo Directivo.
6) Proponer a la Rectoría y Consejo Superior la separación de docentes.
7) SUSPENDER AL RECTOR POR EL VOTO DE DOS TERCIOS DE SUS COMPONENTES ....
8) Proyectar los planes de estudio acorde al carácter experimental y piloto de la escuela y teniendo en cuenta el perfil universal, humanista, científico y laico.
9) Determinar las épocas, el número y el orden de las pruebas de promoción.
10) Aprobar los contenidos mínimos de cada materia garantizando la libertad de cátedra.
11) Aprobar las modificaciones del Reglamento de Convivencia.
12) Dictar las disposiciones según las cuales deberán efectuarse los concursos para la designación de docentes y no docentes de acuerdo con lo dispuesto en el presente Estatuto, Reglamento Interno de la ESCCP y la Carrera docente según la especificidad aprobada para escuelas preuniversitarias.
13) Conceder licencias a los integrantes del cuerpo docente que no pueden ser otorgadas por el rector.
14) Decidir definitivamente las cuestiones contenciosas referentes al orden de los estudios, condiciones de ingreso, exámenes y cumplimiento de los deberes profesores, auxiliares y empleados que se susciten en el desempeño de sus funciones, siempre que no se encuentren entre las atribuciones del Consejo de Convivencia.
15) Resolver aquellas apelaciones que provengan del Consejo de convivencia en caso de que este último no pudiera resolverlas.
16) Dictar las normas relativas a las atribuciones y deberes de los docentes, alumnos y no docentes.
17) Considerar el informe anual presentado por el rector, sobre la labor realizada, el estado de la enseñanza, las necesidades de la institución, la asistencia de los profesores y la rendición de exámenes.
18) En lo referente al personal docente: designar Interinos o Suplentes, Aceptar o rechazar las renuncias de Interinos o Suplentes, Justificación de inasistencias.
19) En lo referente al Personal Docente auxiliar: Designar dicho personal, Decidir sobre los ascensos, sanciones y remoción, Disponer de los correspondientes llamados a concurso.
20) Personal No docente: Las funciones contempladas en el Estatuto para el personal no docente para los Decanos de las Facultades.
21) Supervisar la administración general del presupuesto y recursos propios de la ESCCP.

De las Comisiones

El Consejo Directivo deberá formar Comisiones Permanentes, constituidas por Consejeros de los .... claustros. Habrá seis (5) Comisiones Permanentes: de Enseñanza, de Concursos, de Presupuesto, de Interpretación y Reglamento, y de Bienestar y Extensión Universitaria.

Determinar las competencias de las comisiones del Consejo Directivo como sigue:

Comisión de Concurso: dictaminar sobre todo asunto que se refiera los concursos para la designación de docentes y no docentes de acuerdo con lo dispuesto en el presente Estatuto, Reglamento Interno de la ESCCP y la Carrera docente según la especificidad aprobada para escuelas preuniversitarias.

Comisión de Enseñanza: dictaminar sobre todo proyecto o asunto que se refiera a plan de estudios, los departamentos, cátedras; al régimen del personal docente y, en general, a todas las cuestiones relativas a la enseñanza que se imparte en la Escuela. También le compete dictaminar sobre todo asunto referido a la Biblioteca de la Escuela. Asimismo le corresponde dictaminar en todo lo relacionado con el planeamiento de Departamentos y materias que se deriven de los cambios de planes de estudio.

Comisión de Presupuesto: dictaminar sobre todo proyecto o asunto que se refiera al régimen económico-financiero de la Escuela y a su funcionamiento administrativo. También sera de su competencia lo que tenga que ver con fuentes de financiamiento extrauniversitario y de recursos propios.

Comisión de Interpretación y Reglamento: dictaminar sobre todo proyecto o asunto que se refiera a la aplicación de los estatutos, reglamentos y demás normas universitarias. También entenderá en la elaboración de todo proyecto de reglamento que sea necesario para el funcionamiento de las Escuela en cualquiera de sus unidades operativas.

Comisión de Extensión: dictaminar sobre los proyectos o asuntos que hace al Bienestar Estudiantil, las actividades culturales y viajes de estudios dirigidas a la comunidad educativa.